Período anunciado: del 17 al 30 de setiembre de 2026, inclusive. Es un proyecto de reforma; las obligaciones propuestas no se presentan como vigentes.
Última revisión:Identifique el papel de su empresa en la cadena de pagos antes de concluir que la propuesta le aplica.
¿Qué está sometido a consulta?
El Ministerio de Hacienda abrió la consulta de una reforma a la resolución MH-DGT-RES-0048-2025, relativa al detalle de retenciones para intermediarios por operaciones con tarjetas —IVA e ISU—. El texto propuesto comprende figuras que intermedian pagos y no ostentan la condición de adquirente.
La propuesta fija como límite de presentación el segundo día hábil siguiente a la retención e impediría distribuir montos reportados por el intermediario que superen los informados a su favor por los adquirentes, hasta corregir la diferencia.
El cambio de plazo todavía es una propuesta
El borrador contempla tres meses de adecuaciones tecnológicas desde su eventual publicación y un aviso posterior de Tributación para comunicar la exigibilidad del nuevo plazo. Durante la transición prevista se conservaría la periodicidad mensual.
Estas condiciones pertenecen al proyecto consultado. No constituyen una fecha definitiva de implementación ni autorizan a sustituir hoy el procedimiento aplicable. Será necesario revisar la versión que eventualmente se apruebe y publique.
Qué puede revisar la empresa desde ahora
- Determine si actúa como adquirente, intermediario o comercio afiliado; esas posiciones no son equivalentes.
- Documente cómo recibe y distribuye la información de retenciones entre participantes.
- Compare los datos del adquirente con los montos asignados a cada afiliado y localice diferencias.
- Evalúe con contabilidad y tecnología si puede producir información dentro del plazo propuesto.
- Revise contratos con proveedores de pagos: entrega de datos, correcciones, soporte y responsabilidad por errores.
Cómo preparar una observación útil
Una observación empresarial puede identificar el artículo propuesto, describir una dificultad operativa concreta, aportar un ejemplo sin datos personales y plantear una alternativa de redacción. Resulta más útil mostrar dónde se rompe la conciliación de datos que limitarse a expresar desacuerdo general.
La convocatoria oficial indica el correo notificaintelige@hacienda.go.cr para recibir observaciones durante el período anunciado. Antes de remitirlas, consulte la convocatoria enlazada y conserve el comprobante de envío. El cierre de la consulta, por sí solo, no convierte el borrador en norma vigente.
Preguntas frecuentes
¿Toda empresa que acepta tarjetas es un intermediario?
No debe asumirse. Hay que distinguir al comercio afiliado de quien intermedia pagos y del adquirente, y contrastar el funcionamiento real con las definiciones del proyecto.
¿Ya debo reportar bajo el nuevo plazo?
Este artículo analiza una reforma en consulta. La exigibilidad depende de su eventual aprobación, publicación y reglas de implementación; no del anuncio de la consulta.
Fuentes consultadas
Documentos y publicaciones utilizados para esta revisión. El estado descrito corresponde a la fecha indicada.
- Hacienda · Proyectos en consulta pública
Convocatoria y período de observaciones del 17 al 30 de setiembre de 2026.
- Hacienda · Texto de la reforma propuesta
Borrador oficial. Artículos 1 a 4 y transitorio único.