Resolución SGF-RES-0036-2026. La publicación en el Alcance 122 del 11 de setiembre de 2026 y su entrada en vigor están reportadas en la fuente periodística enlazada; el contenido se contrastó con la resolución oficial.
Última revisión:Reporte el incidente por un canal oficial de la entidad, solicite el bloqueo y conserve el número de reclamo con fecha y hora.
¿Qué regula el Acuerdo SUGEF 5-26?
La resolución oficial establece controles mínimos para entidades supervisadas frente a estafas que afecten fondos de sus usuarios. Incluye autenticación robusta, monitoreo de operaciones, notificaciones, educación digital y mecanismos de bloqueo. También regula la recepción, investigación y eventual rechazo de reclamos.
El marco de la Ley 10889 refuerza la protección del consumidor financiero. La valoración de un caso requiere examinar las operaciones, la evidencia y las causales legales; no corresponde prometer una devolución automática en cualquier supuesto.
Del aviso urgente al reclamo documentado
Los artículos 6 y 7 del reglamento prevén un formulario de reclamo acompañado de copia de la denuncia ante el OIJ, un código de recepción con fecha y hora y medidas inmediatas de bloqueo. El aviso urgente al banco y la preparación del expediente deben coordinarse sin retrasar la protección de la cuenta.
La denuncia penal y la reclamación a la entidad cumplen funciones distintas. Conserve copia de ambas y no asuma que la presentación de una sustituye todos los trámites de la otra.
Qué conviene reunir
- Estados de cuenta y detalles de las transacciones que desconoce.
- Cronología del incidente: detección, llamadas, avisos y solicitudes de bloqueo.
- Mensajes y correos originales, incluidas las alertas recibidas de la entidad.
- Comprobante del reclamo, denuncia y comunicaciones posteriores.
- Respuesta formal y documentos que la entidad utilice para explicar su decisión.
Una recomendación para la tesorería empresarial
Además de conocer el procedimiento de reclamación, conviene revisar quién puede aprobar pagos, modificar beneficiarios y recuperar accesos. Recomendamos separar funciones, verificar cambios de cuentas de proveedores mediante un canal previamente conocido y mantener una lista de contactos de emergencia.
Estas medidas son recomendaciones de organización, no una conclusión anticipada sobre responsabilidad. Si recibió un rechazo, el análisis debe partir de la motivación escrita y de la evidencia del caso. No entregue contraseñas, códigos temporales ni acceso a su banca a quienes ofrezcan recuperar fondos.
Preguntas frecuentes
¿Debo esperar a tener todos los documentos para avisar al banco?
No conviene retrasar el aviso y la solicitud de bloqueo. Contacte inmediatamente a la entidad por sus canales oficiales y complete el reclamo con los documentos requeridos.
¿La nueva normativa garantiza que todo reclamo se pague?
No puede afirmarse eso para cualquier caso. La normativa contempla investigación y causales de rechazo; la respuesta debe evaluarse con los hechos y pruebas específicos.
Fuentes consultadas
Documentos y publicaciones utilizados para esta revisión. El estado descrito corresponde a la fecha indicada.
- SUGEF · Resolución SGF-RES-0036-2026
Texto oficial del Acuerdo SUGEF 5-26, especialmente artículos 6 a 18.
- SUGEF · Índice oficial de acuerdos y resoluciones
Registro de aprobación de la resolución.
- Delfino · Publicación y entrada en vigor
Fuente periodística para la fecha de publicación en La Gaceta.